Audiencias - Año 2026 - Scarlett Salinas

En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.

Fecha Identificador Asistentes Representados Materia Detalle
2026-06-18 11:00:00-04 MU345AW2204335 Sujeto Pasivo Rossina Allegro NO SE PRESENTA Ver Detalle
Sujeto Pasivo Adriana Ferrini
Sujeto Pasivo Matías Medel
2026-05-14 11:00:00-04 MU345AW2179188 Sujeto Pasivo Vicente Moreno ACTA DE REUNIÓN LEY DE LOBBY
Folio MU345W2179188
Fecha 14.05.2026
1. Asistentes
Solicitantes y asistentes
Vicente Moreno Gerente Inmobiliaria Santa Teresa.
Rodrigo Mardones Arquitecto.
Leonardo Valdez, Arquitecto.
Pedro Villar Socio Inmobiliaria Santa Teresa.
Rodrigo Álvarez Socio Inmobiliaria Santa Teresa.
Municipalidad
Scarlett Salinas Director de Obras Municipales S
Rodrigo Baier Encargado Área Arquitectura DOM

2. Exposición del Proyecto
Los representantes de Inmobiliaria Santa Teresa expusieron un anteproyecto inmobiliario emplazado en dos lotes colindantes al proyecto beranda, en Cachagua, correspondientes a terrenos pertenecientes a la familia Vicuña.
El proyecto considera
Superficie aproximada 9 hectáreas.
Desarrollo de aproximadamente 31 unidades habitacionales.
Construcción de
o 15 casas en sector bajo.
o Sitios urbanizados para terceros en sector superior.
Conservación de amplias franjas vegetales y áreas de protección natural.
Minimización del impacto visual desde la playa.
Aprovechamiento y mejoramiento de camino existente como acceso principal.
Se indicó que el proyecto busca ser de baja intervención y más amigable ambientalmente respecto de desarrollos previamente aprobados en el sector.

3. Temas Tratados
3.1 Quebradas y franjas de protección
Se consultó respecto a la aplicación de las franjas de protección de quebradas, específicamente sobre la denominada Quebrada 32 y Quebrada 34.
La DOM señaló que
Debe considerarse la franja de protección de 80 metros definida en plano inscrito.
La referencia aplicable corresponde al eje de quebrada 40 mts.
La planimetría del PRC es referencial y prevalece el criterio normativo de 80 metros ambos lados desde el eje.
Asimismo, se aclaró que algunas edificaciones existentes son anteriores a la normativa vigente o fueron regularizadas mediante Ley del Mono.

3.2 Línea de más alta marea y faja peatonal
Los solicitantes expusieron antecedentes entregados por la autoridad marítima respecto a la línea de más alta marea.
Se señaló que
Existe resolución marítima del año 2002 que ratifica la línea oficial.
El proyecto no contempla construir sobre el pie del talud ni intervenir la playa.
La interpretación propuesta considera que la faja peatonal de 6 metros aplica sobre el sector de arena y no sobre zonas de roca o talud.
La DOM tomó conocimiento de dichos antecedentes y se exige la rambla del mar en 6 mts.

3.3 Bajada peatonal Quebrada 34
Se abordó la obligación de ejecutar la bajada peatonal establecida en el instrumento de planificación.
La DOM indicó que
La bajada se encuentra inserta dentro de la franja de protección de quebrada.
Debe ejecutarse respetando criterios de seguridad y pendiente natural.
Puede adecuarse técnicamente al terreno para asegurar su funcionalidad y mantención.
Los solicitantes manifestaron disposición a ejecutar una solución de alto estándar.

3.4 Accesibilidad y vialidad
Se explicó la propuesta de acceso principal mediante conexión al camino existente y al nudo vial desarrollado previamente en el sector beranda.
Se informó, además
Se contemplan obras de aguas lluvias y sumideros sobredimensionados.
El proyecto pretende colaborar en la mitigación de futuros socavones y escurrimientos.
Existen coordinaciones preliminares con Vialidad respecto a obras hidráulicas del sector.

3.5 Subdivisión y fusión predial
Se indicó que el proyecto contempla
Subdivisión de uno de los lotes para excluir un paño que conservará la familia propietaria.
Posterior fusión de los lotes restantes.
Posibilidad de realizar subdivisión y fusión simultánea.
La DOM indicó que aquello deberá respaldarse mediante la inscripción correspondiente.

3.6 Densidad y normativa urbanística
La DOM aclaró que, para efectos del cálculo de densidad
En la comuna continúa aplicándose el criterio de superficie neta.
Ello se debe a que el PRC vigente es anterior a modificaciones posteriores de la OGUC.

3.7 Conectividad con proyecto beranda
Se discutió la existencia de servidumbres y posibles conexiones con beranda.
La DOM indicó que
No corresponde a la DOM intervenir en acuerdos entre privados.
Beranda opera actualmente como condominio cerrado.
El proyecto deberá asegurar accesibilidad autónoma.
3.8 Soluciones sanitarias
Los solicitantes consultaron respecto a la posibilidad de soluciones particulares de agua potable y alcantarillado.
La DOM indicó preliminarmente que
Existe cobertura parcial de redes sanitarias en el sector.
Debe revisarse formalmente la factibilidad con ESVAL.

4. Observaciones Finales
La Dirección de Obras valoró la presentación temprana del proyecto y señaló que
Mientras el proyecto cumpla con la normativa vigente, podrá continuar su tramitación.
Se recomienda ingresar formalmente un anteproyecto.
El sector posee sensibilidad urbana y vecinal, por lo que se sugiere mantener criterios de baja intervención e integración paisajística.

Los solicitantes agradecieron la instancia y manifestaron su intención de desarrollar un proyecto armónico y compatible con el entorno.
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Sujeto Pasivo rodrigo andres mardones toro
Sujeto Pasivo LEONARDO VALDES CRUZ
2026-04-30 13:00:00-04 MU345AW2138975 Sujeto Pasivo Paz Serra NO ASISTE A REUNION. Ver Detalle
2026-04-30 11:00:00-04 MU345AW2142636 Sujeto Pasivo Rodrigo Laurie NO ASISTE A REUNION. Ver Detalle
2026-04-23 13:00:00-04 MU345AW2140698 Sujeto Pasivo Sebastián Porte No asiste. Ver Detalle
2026-04-23 11:00:00-04 MU345AW2134959 Sujeto Pasivo María Álvarez NO SE PRESENTA. Ver Detalle
2026-04-21 11:00:00-04 MU345AW2140921 Sujeto Pasivo Víctor Gómez REUNION CANCELADA POR SOLICITANTE. Ver Detalle
Sujeto Pasivo Cynthia Ross
2026-04-16 11:00:00-04 MU345AW2128714 Sujeto Pasivo Philippe Boisier REUNION CANCELADA POR SOLICITANTES. Ver Detalle
2026-04-14 12:00:00-04 MU345AW2120694 Sujeto Pasivo Camila Coll ACTA DE AUDIENCIA LEY N 20.730 LEY DE LOBBY
Folio MU345W2120694

1. Asistentes
Por parte de la Municipalidad
Scarlett Salinas, Director de Obras Municipales S
Sr. Rodrigo Baier, Encargado área de Arquitectura.

Solicitantes y asistentes
Camila Coll , Arquitecta.
Adolfo Tocornal, Representa a Propietarios

2. Materia de la Audiencia
Solicitud de información y revisión respecto del Permiso de edificación correspondiente al expediente N416 del año 2025, específicamente en relación con
Atraso en la emisión del permiso de edificación.
Situación de expediente con derechos municipales pagados y antecedentes ingresados desde noviembre de 2025.
Rechazo posterior del permiso y presentación de recurso de reposición.

3. Exposición de los Solicitantes
Los solicitantes exponen que
El proyecto corresponde a un proceso de regularización de construcciones familiares ubicadas en un predio de aproximadamente 5,86 hectáreas, perteneciente a la familia Turner.
Las edificaciones datan de los años 19931994 y su regularización fue motivada por fiscalizaciones del Servicio de Impuestos Internos y del Juzgado de Policía Local.


Se indica que el proceso se desarrolló de la siguiente forma
1. Ingreso de permiso de edificación para las viviendas principales.
2. Posterior ingreso de otras viviendas menores mediante la Ley del Mono artículo 1.
3. Aprobación de las viviendas acogidas a Ley del Mono.
4. Pago de derechos municipales y presentación de antecedentes completos para las viviendas principales.
5. Posterior rechazo del permiso de edificación, pese a existir comunicación previa que indicaba aprobación sujeta a pago.
Los solicitantes manifiestan
Existencia de una posible errónea interpretación normativa en materia de densidad, ya que, conforme a la DDU 521, las viviendas acogidas a Ley del Mono no afectarían la densidad del predio.
Que el orden cronológico de ingreso primero las viviendas principales debiera ser considerado en la evaluación.
Interés en regularizar completamente todas las construcciones, actuando de buena fe y cumpliendo la normativa vigente.
Asimismo, se informa que se ha presentado un recurso de reposición solicitando reconsideración del rechazo.

4. Respuesta de la Autoridad
La Dirección de Obras Municipales señala que
El criterio aplicado corresponde estrictamente a la normativa vigente, sin posibilidad de tratamiento particular fuera del procedimiento formal.
La aprobación definitiva de un permiso solo se configura con el acto administrativo terminal resolución final, no con comunicaciones intermedias.
Durante la revisión final se detectaron antecedentes adicionales mayor número de edificaciones, lo que motivó una revisión más exhaustiva del expediente.
Respecto al recurso de reposición
Este será analizado dentro de los plazos legales, sin que la autoridad pueda adelantar pronunciamiento.
En caso de corresponder, la Dirección podrá rectificar o mantener su decisión conforme al análisis técnico y jurídico.
Sobre visitas a terreno
Se reconoce una descoordinación en la inspección, indicando disposición para coordinar futuras visitas con los propietarios o representantes.

5. Compromisos y Acuerdos
La Dirección de Obras se compromete a
o Revisar el recurso de reposición presentado.
o Contactar a la representante Camila en caso de requerir antecedentes adicionales.
o Evaluar la cronología del expediente y los argumentos expuestos.
o Los solicitantes se comprometen a
o Facilitar el acceso al predio para visitas debidamente coordinadas.
o Ingresar documentación adicional en caso de ser requerida.
o Continuar el proceso conforme a los canales formales establecidos.

6. Observaciones Finales
Se reitera por parte de los solicitantes que el objetivo principal es la regularización total de las edificaciones, priorizando las viviendas principales.
La autoridad indica que el proceso continuará conforme al análisis del recurso presentado, manteniendo la comunicación a través de los canales formales.
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Sujeto Pasivo Adolfo Tocornal
2026-04-09 12:00:00-04 MU345AW2114580 Sujeto Pasivo Rodrigo Ibáñez REUNION CANCELADA POR SOLICITANTES Ver Detalle
Sujeto Pasivo Blanca Oddó
Sujeto Pasivo Isabel Cornejo
Sujeto Pasivo Ana Erazo
2026-03-12 12:00:00-03 MU345AW2081747 Sujeto Pasivo María Laura Bascuñán ACTA DE AUDIENCIA – LEY N° 20.730 (LEY DE LOBBY)
Folio: MU345WB2081747
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1. PARTICIPANTES
Solicitante:
• Sra. María Laura Bascuñán (no asiste)
Representantes del solicitante:
• Sr. Giann Sicheel
• Sra. Lili Romo
Representantes del Municipio:
• Sra. Alicia Vázquez, funcionaria de departamento de DIMAO área de sustentabilidad
Dirección de obras Municipales
• Scarlett Salinas Alvarado, Director de obras Municipales (S)
• Dohuglas Vega, área de catastro, dirección de obras.
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2. INICIO DE LA AUDIENCIA
Se consulta a los asistentes si existe inconveniente en la grabación de la reunión, a lo cual responden que no hay objeciones.
Se da inicio formal a la audiencia a las 12:20 horas.
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3. OBJETIVO DE LA REUNIÓN
Presentación técnica de un proyecto orientado a la construcción de un Centro de Educación Ambiental con un Centro de Tratamiento Integral de Residuos (CTIR) en la comuna, enfocado en la valorización de residuos orgánicos e inorgánicos, así como en la educación ambiental de la comunidad.
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4. ANTECEDENTES EXPUESTOS
Los representantes del solicitante señalan:
• Mantienen relación contractual con el municipio desde hace más de 5–6 años en materias de:
o Recolección y valorización de residuos orgánicos.
o Operación de planta de vermicompostaje en Catapilco.
o Gestión reciente del Punto Limpio comunal.
• La empresa forma parte de un ecosistema con más de 40 años de experiencia en reciclaje, tratamiento de residuos y educación ambiental.
• Cuentan con certificación como Empresa B, cumpliendo estándares ambientales, sociales y económicos.
• Han trabajado con diversos municipios del país, incluyendo Providencia, Ñuñoa, Las Condes, Vitacura, Zapallar y Santo Domingo.
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5. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
El proyecto contempla:
• Construcción de infraestructura integral para:
o Tratamiento de residuos orgánicos (incluyendo material proteico mediante tecnología de aireación forzada).
o Pretratamiento de residuos inorgánicos (clasificación, enfardado, etc.).
o Espacios de educación ambiental abiertos a la comunidad.
• Objetivos principales:
o Aumentar la tasa de valorización de residuos.
o Disminuir la disposición final en rellenos sanitarios.
o Reducir emisiones (especialmente metano).
o Generar datos para gestión ambiental municipal.
o Fortalecer la educación y participación ciudadana.
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6. UBICACIÓN PROPUESTA
• Sector: Ruta 5 Norte, kilómetro 139
• Superficie: Aproximadamente 6 hectáreas
• Identificación: Lotes 201-769 y 201-701
• Condición: Zona rural con uso de suelo compatible para infraestructura y equipamiento
Se indica que:
• El terreno ya fue inspeccionado.
• Se encuentran evaluadas factibilidades básicas (agua, electricidad).
• Se está en etapa de prefactibilidad.
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7. ASPECTOS TÉCNICOS Y NORMATIVOS
Se expone que:
• El proyecto considera cumplimiento de:
o Normativa sanitaria vigente y proyectada.
o Evaluación ambiental según corresponda.
o Instrumentos de planificación territorial (PRI y normativa local).
• Se está gestionando:
o Informe de Factibilidad de Construcción (IFC).
o Eventual pertinencia de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
o Levantamiento de información territorial (radio de 1 km).
• El municipio señala:
o No puede emitir pronunciamiento formal sin ingreso de expediente.
o Las consultas deben formalizarse para respuesta vía oficio.
o Se revisará compatibilidad con ordenanzas locales.
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8. CONSULTAS Y RESPUESTAS
Consultas principales del solicitante:
• Confirmación de compatibilidad de uso de suelo.
• Existencia de restricciones territoriales adicionales.
• Validación técnica preliminar del proyecto.
Respuestas del municipio:
• Se debe ingresar formalmente la información para evaluación. Además, solicitar CIP
• Se responderá mediante oficio en un plazo aproximado de una semana.
• La revisión detallada se realizará con expediente ingresado.
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9. ACUERDOS Y COMPROMISOS
• El solicitante enviará antecedentes técnicos al municipio.
• El municipio realizará revisión preliminar y responderá por oficio.
• Se continuará el proceso mediante ingreso formal de expediente.
• Posterior a la evaluación técnica, se evaluarán instancias siguientes.
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10. CIERRE
Se deja constancia que la funcionaria Alicia Vásquez pertenece al departamento de DIMAO área de sustentabilidad y no a esta dirección. No habiendo otros temas que tratar, se da por finalizada la reunión, agradeciendo la participación de los asistentes.
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2026-02-19 11:00:00-03 MU345AW2078598 Sujeto Pasivo Juan Ponce ACTA DE AUDIENCIA
Ley N° 20.730 sobre Lobby y Gestión de Intereses Particulares.
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1. ANTECEDENTES GENERALES
En conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 20.730, se da inicio a la audiencia solicitada por el Sr. Juan Ponce, quien se encuentra presente en la reunión.
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2. ASISTENTES
Solicitante:
• Sr. Juan Ponce
Dirección de Obras Municipales
• Scarlett Salinas, Director de obras municipales.
• Rodrigo Baier, Encargado de arquitectura
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3. MATERIA DE LA AUDIENCIA
El solicitante expone dudas y solicita aclaraciones respecto del Acta de Observaciones del expediente N° 783-2025, relacionado con el proyecto correspondiente a “Entretenciones Monte Casino”, ubicado en sector Laguna Zapallar, específicamente en calle Carlos León Briseño.
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4. EXPOSICIÓN DEL SOLICITANTE
El Sr. Ponce señala que:
• El proyecto pertenece a un emprendimiento familiar, cuyo propietario es su suegro, persona de avanzada edad.
• Existen dificultades en la adaptación del proyecto a las normativas actuales, dado que originalmente las construcciones eran de carácter liviano y precario (paneles tipo cholguán).
• Parte de las estructuras existentes sufrió deterioro significativo producto de condiciones climáticas, lo que obligó a su reposición.
• Se ingresó un proyecto considerando la reposición de un volumen previamente existente, generándose dudas respecto de si dicha intervención corresponde a una ampliación o a una obra nueva.
• Se reconoce la existencia de construcciones que debieron haberse demolido conforme a una regularización anterior, lo cual no se ejecutó oportunamente.
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5. RESPUESTAS Y ORIENTACIONES DE LA AUTORIDAD
Los funcionarios presentes indican que:
• Dado que las estructuras existentes serán completamente eliminadas, corresponde tramitar:
1. Un permiso de demolición parcial de las edificaciones existentes.
2. Posteriormente, un nuevo permiso de edificación, independiente del anterior.
• Se aclara que la nueva obra no califica como ampliación, ya que no reutiliza elementos de la edificación previa ni se encuentra adosada a esta.
• Se sugiere ingresar ambos trámites de forma separada, pudiendo realizarse en paralelo, priorizando el ingreso de la demolición.
• Se recomienda coordinar futuras consultas directamente con el equipo de arquitectura mediante atención de público o solicitud vía correo electrónico, a fin de agilizar los procesos y evitar demoras propias de audiencias por Ley de Lobby.
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6. ACUERDOS Y CONCLUSIONES
• El solicitante procederá a:
o Retirar el expediente actual (con autorización del propietario).
o Ingresar un nuevo trámite de demolición parcial.
o Posteriormente, ingresar un nuevo permiso de edificación.
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7. CIERRE
No habiendo otros temas que tratar, se da por finalizada la audiencia.
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2026-02-12 11:00:00-03 MU345AW2079351 Sujeto Pasivo Francisco Varas ACTA DE AUDIENCIA – LEY N° 20.730 (LEY DE LOBBY)
Folio: MU345W2079351
Modalidad: Presencial
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1. IDENTIFICACIÓN DE LOS PARTICIPANTES
Solicitante:
• Sr. Francisco Varas, Arquitecto
Dirección de obras Municipales
• Scarlett Salinas Alvarado. Director de obras Municipales (S)
• Sr. Rodrigo Baier, Director (S) encargado de Arquitectura
• Srta. Carol Figueroa, Arquitecta Revisora
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2. MATERIA DE LA AUDIENCIA
Revisión de pronunciamiento por fusión de los lotes ubicados en Januario Ovalle N° 247 y 271, comuna de Zapallar.
Solicitud asociada: 2025054PSUF6.
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3. AUTORIZACIÓN DE REGISTRO
Se consulta al solicitante respecto de la grabación de la audiencia para efectos de su transcripción y publicación en la plataforma de la Ley de Lobby, a lo cual el Sr. Francisco Varas manifiesta su conformidad.
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4. DESARROLLO DE LA AUDIENCIA
El solicitante expone las dificultades en la tramitación de la fusión de los lotes, particularmente respecto a observaciones reiteradas vinculadas a la falta de información en los deslindes y superficies indicadas en los títulos de dominio.
Señala que:
• Se rechazó una fusión por incorporar una medida no contenida en la escritura, pese a que posteriormente se instruyó su incorporación.
• Existe inconsistencia entre observaciones previas y causales de rechazo posteriores.
• Se han realizado nuevos ingresos ajustándose a las indicaciones, sin lograr aprobación.
• La principal dificultad radica en cómo proceder cuando la información de deslindes no está contenida en la escritura, considerando lo establecido en el artículo 3.1.3 de la OGUC, que asigna responsabilidad al arquitecto patrocinante.
Por su parte, los representantes de la Dirección de Obras señalan que:
• La información de la situación anterior debe ajustarse estrictamente a lo indicado en la escritura o plano inscrito.
• En ausencia de datos, se debe consignar dicha condición indicando su origen ("según escritura").
• La situación resultante puede incorporar información conforme a la normativa vigente, debidamente justificada.
• Se recomienda responder las observaciones fundamentando en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
Asimismo, se aborda:
• La existencia de múltiples expedientes de fusión en paralelo, con distintos Certificados de Informaciones Previas (CIP).
• La necesidad de ordenar los procesos y utilizar los CIP válidos conforme a publicación oficial.
• Observaciones relativas a superficies y deslindes faltantes en lote 18.
Adicionalmente, el solicitante plantea una consulta sobre otro expediente (anteproyecto AP4), respecto a la aplicación de normas urbanísticas en predio esquina, específicamente la prevalencia entre antejardín y edificación continua.
La Dirección de Obras indica que:
• La situación será revisada internamente.
• Se emitirá respuesta formal mediante oficio.
• Se evaluará la jerarquía normativa aplicable (calle vs. pasaje peatonal).
Finalmente, se informa sobre el estado del proceso de actualización del Plan Regulador Comunal, actualmente en etapa de diagnóstico y próximas instancias participativas.
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5. ACUERDOS Y/O COMPROMISOS
• La Dirección de Obras analizará la consulta relativa al anteproyecto AP4 y emitirá respuesta formal.
• Se mantendrá comunicación con el solicitante respecto de la resolución de observaciones pendientes.
• El solicitante continuará la tramitación del expediente vigente conforme a lo indicado por la normativa aplicable.
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Se da por finalizada la audiencia.
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2026-01-29 11:00:00-03 MU345AW2051604 Sujeto Pasivo Rodrigo Ibáñez NO SE PRESENTA Ver Detalle
Sujeto Pasivo Isabel Cornejo
2026-01-22 12:00:00-03 MU345AW2045055 Sujeto Pasivo Juan Méndez ACTA DE REUNIÓN
Ley N° 20.730 – Ley del Lobby
Folio: MU345W2045055
Lugar: Dirección de Obras Municipales
Materia: Solicitud de Recepción Definitiva N° 649/2025 y Actas de Observaciones posteriores a visita de inspección
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1. Asistentes
Solicitantes:
• Sr. Juan Méndez González, Arquitecto patrocinante del proyecto.
• Sra. María del Pilar Rodríguez Virreel, Propietaria del inmueble Rol N° 50-316.
Dirección de Obras Municipales:
• Scarlett Salinas Alvarado, Directora de Obras Municipales (S).
• Rodrigo Bier, encargado área arquitectura.
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2. Exposición de los solicitantes
El Sr. Juan Méndez González señala que la propiedad se encuentra en proceso de regularización, habiéndose optado por ingresar una Solicitud de Recepción Definitiva, considerando la aplicación del artículo 5.2.8 de la OGUC, como mecanismo para subsanar modificaciones ejecutadas.
Indica que:
• En agosto de 2025 se ingresó una primera solicitud de recepción definitiva.
• Se emitió acta con observaciones.
• Las observaciones fueron subsanadas, incluyendo:
o Demolición parcial de estructura tipo quincho.
o Retiro de techumbre de policarbonato en acceso.
• Sin embargo, el expediente fue finalmente rechazado por vencimiento de plazo, quedando cerrado el proceso.
Posteriormente:
• En diciembre de 2025 se efectuó un segundo ingreso de recepción definitiva.
• Se realizó nueva visita inspectiva.
• Se emitió nueva acta con observaciones distintas a las del primer ingreso.
Los solicitantes manifiestan inquietud respecto a que, tratándose del mismo inmueble y sin haberse ejecutado nuevas obras, se formularan nuevas observaciones no incluidas en la primera acta.
Las observaciones actualmente vigentes dicen relación con:
• Modificaciones en fachada poniente (logia).
• Elemento de chimenea no graficado en planos.
• Patio de servicio.
• Piscina y distanciamientos.
• Eventual afectación por área de expropiación asociada a Ruta E30F (Carlos Ossandón).
La propietaria manifiesta su voluntad de regularizar completamente la vivienda y solicita claridad respecto del procedimiento y criterios aplicables.
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3. Aclaraciones de la Dirección de Obras
La Dirección de Obras informa lo siguiente:
1. Existen dos expedientes distintos, correspondientes a dos ingresos diferentes de Recepción Definitiva:
o El primero (agosto 2025), actualmente rechazado y cerrado.
o El segundo (diciembre 2025), vigente y en tramitación.
2. Cada ingreso genera su propio proceso administrativo y su respectiva acta de observaciones.
3. El expediente vigente se encuentra dentro de plazo para responder las observaciones.
4. Corresponde que el arquitecto patrocinante:
o Ingrese respuesta formal a las observaciones.
o Fundamente técnicamente cada punto.
o Acompañe antecedentes gráficos y normativos que respalden la subsanación.
5. Respecto a la posible aplicación del artículo 5.2.8 OGUC, se evaluará conforme a los antecedentes que se presenten.
6. En relación con el área afecta por Ruta E30F:
o La afectación se encuentra vigente desde 1999.
o La procedencia de regularización dependerá del emplazamiento específico del inmueble (kilómetro y franja afecta).
o Si la normativa aplicable (incluyendo artículo 121 LGUC u otros) lo permite, la Dirección no tiene impedimento en aplicarla, siempre que corresponda técnicamente.
7. Se señala que la revisión final se efectuará una vez ingresada formalmente la respuesta al acta vigente.
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4. Acuerdos
• El arquitecto patrocinante ingresará respuesta formal al acta de observaciones correspondiente al expediente vigente.
• Se acompañarán fundamentos técnicos y normativos claros.
• Una vez ingresada la respuesta en plataforma, se enviará correo informando del ingreso para efectos de seguimiento interno.
• La Dirección revisará los antecedentes en conjunto con el arquitecto revisor y emitirá pronunciamiento conforme a derecho.
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5. Cierre
La Dirección de Obras reitera que el objetivo institucional es que los procesos concluyan adecuadamente, dentro del marco normativo vigente, y que la regularización pueda resolverse conforme a los antecedentes presentados.
No habiendo otros puntos que tratar, se da por finalizada la reunión.
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Sujeto Pasivo Maria Del Pilar Rodriguez Birrell
2026-01-22 10:00:00-03 MU345AW2045475 Sujeto Pasivo Jacqueline Miralles ACTA DE AUDIENCIA LEY DEL LOBBY
Folio Audiencia: MU345W2045475
1. Participantes
Solicitante:
• Sra. Jacqueline Miralles, Propietaria
Acompañante:
• Sra. Javiera Avendaño
Dirección de obras Municipales:
Scarlett Salinas Alvarado director de obras municipales (S)
Rodrigo Baier, encargado de área de arquitectura.
2. Inicio de la Audiencia
Se da inicio a la audiencia Ley del Lobby correspondiente al folio MU345DD2045475,
solicitada por la Sra. Jacqueline Miralles, quien indica la participación de la Sra. Javiera
Avendaño.
3. Materia de la Solicitud
La audiencia tiene por objeto dar seguimiento a la denuncia ingresada con fecha 1 de
septiembre de 2025, correspondiente al folio Nº1105, relativa a la construcción de una
obra ilegal e irregular ubicada en el deslinde norte de la propiedad de la solicitante, situada
en Avenida Eucaliptus Nº94, sector La Laguna, Zapallar.
Se solicita conocer el estado actual de las acciones realizadas por la Dirección de Obras
Municipales, en conformidad con los acuerdos adoptados en instancias previas, tales como
fiscalización, aplicación de multa por desacato y demás gestiones necesarias para la
posterior demolición del inmueble.


4. Antecedentes Expuestos por la Solicitante
La solicitante señala que la construcción denunciada:
• No cuenta con permiso de edificación,
• No cuenta con dominio ni regularización alguna,
• Se encuentra emplazada en un 95% sobre bien nacional de uso público y en un
5% sobre propiedad privada de su dominio.
Se deja constancia que, conforme a lo tratado en audiencias Ley del Lobby de fechas 13 de
noviembre de 2025 y 18 de diciembre de 2025, no resulta necesario el reingreso de
nuevas denuncias, toda vez que existe una denuncia vigente de fecha 1 de septiembre de
2025, folio N°1105, que permite mantener registro y trazabilidad del procedimiento
administrativo.
Asimismo, se indica que fueron remitidos antecedentes y registros fotográficos que dan
cuenta de los avances de la obra y el desacato a la orden de paralización, enviados a los
correos institucionales:
• R. Bayer@municipallar.el - Dirección de Obras Obras@municipallar.cl
• N.Romo@municipallar.cl

5. Información Entregada por la Dirección de Obras Municipales
La Dirección de Obras informa que:

• Se han realizado acciones administrativas en coordinación con Vialidad, la cual
emitió un oficio durante el mes de diciembre del año anterior.
• La DOM ha preparado el informe de demolición, el cual se encuentra emitido y
actualmente en proceso de análisis y evaluación.
• Se está a la espera de la dictación del Decreto Alcaldicio de Demolición, el cual
deberá ser suscrito por el Alcalde.
• Una vez dictado el decreto, se ordenará que el propietario u ocupante ilegal realice
la demolición a su casa.
• En caso de incumplimiento, la demolición podrá ser ejecutada por el organismo
competente, con posterior cobro judicial de los costos a los ocupantes ilegales.
Se aclara que las acciones de la DOM se circunscriben principalmente al bien nacional de
uso público, sin perjuicio de las gestiones que correspondan respecto de eventuales
afectaciones a propiedad privada.

6. Consultas y Observaciones de la Parte Solicitante
Las solicitantes manifiestan su interés en:
Conocer los plazos aproximados del procedimiento administrativo de demolición.
• Ser informadas oportunamente sobre:
• La dictación del decreto de demolición.
• La eventual interposición de recursos administrativos por parte de los
ocupantes.
• Contar con claridad respecto de:
• La posibilidad de solicitar auxilio de fuerza pública.
• La intervención de un ministro de fe durante el proceso de demolición.
• La distribución de los costos asociados a dichas actuaciones.
Asimismo, reiteran su voluntad de colaborar activamente con la Municipalidad y Vialidad,
incluso evaluando aportar en forma proporcional a ciertos costos, sin perjuicio de las acciones
de cobro posterior a los ocupantes ilegales.



7. Respuestas y Aclaraciones de la DOM

La Dirección de Obras aclara que:
• Los recursos que podrían interponer los ocupantes serían administrativos, no ante el
Juzgado de Policía Local.
• El plazo estimado para la dictación del decreto alcaldicio sería de 15 a 20 días
hábiles, contados desde la revisión del informe.
• Posterior a la notificación del decreto, los ocupantes tendrían un plazo aproximado de
10 a 20 días para cumplir o interponer reposición, dependiendo de lo que establezca
el propio decreto.
• Toda resolución será informada a Vialidad, la cual tiene competencia directa respecto
del bien nacional de uso público.
• Los costos de demolición y uso de fuerza pública recaen sobre quienes ocupan
ilícitamente el terreno, pudiendo ser ejecutados por Vialidad o, en su defecto, por el
municipio, con posterior cobro.

8. Transparencia y Seguimiento
Se informa que:
• Los decretos y resoluciones se publican en el portal de Transparencia Municipal,
aunque pueden existir desfases de visualización en la plataforma de Lobby.
• Las solicitantes podrán requerir copias de antecedentes por Ley de Transparencia,
sin perjuicio de que la DOM pueda facilitar copias de respaldo.
• En caso de no existir novedades dentro de un plazo aproximado de 30 días, se sugiere
solicitar audiencia directamente con Alcaldía.


9. Cierre de la Audiencia
Las solicitantes agradecen la información entregada y reiteran su disposición a colaborar con
la Dirección de Obras Municipales y con Vialidad, con el objetivo de restablecer el orden
jurídico y lograr la demolición de la construcción ilegal.
Se deja constancia de la voluntad de todas las partes de continuar coordinadamente hasta la total resolución del caso.
Sin otros puntos que tratar, se da por finalizada la audiencia.
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