Audiencias - Año 2026 - Alonso Retamales Campos

1. Información General

Identificador

MU258AW2169827

Fecha

2026-05-12 12:30:00-04

Forma

Presencial

Lugar

Oficina Director Secplan Se solicita evaluar, por parte de Asesor Urbanista, proyecto de condominio, en específico si corresponde extender los 400 mt de vía principal desde el acceso principal de la futura parcelación. Se solicita ingreso por Of. de Parte

Duración

0 horas, 30 minutos

2. Asistentes

Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Pía Aravena Lobista TAO Inversiones Spa TAO Inversiones Spa
Pablo Genovese Gálvez
Matías Avsolomovich

3. Materias Tratadas

Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.

4. Especificación materia tratada

En el marco del expediente del Proyecto Mirador Ritoque desarrollado por Tao Inversiones SpA con fecha del año 2024 el Asesor Urbanista emitió Informe Técnico en el cual se analizó la configuración del proyecto su red vial interna y las condiciones de conectividad del sector concluyendo que éste no representa un impedimento para la conectividad. Dicho informe se desarrolló en el contexto del artículo 55 letra a de la Ley N21.442 abordando la estructura general del condominio y su adecuada relación con el territorio.<br /> Posteriormente mediante Resolución N59 de fecha 10.03.2025 la Dirección de Obras Municipales DOM formuló observaciones al proyecto señalando en particular que no existía fundamento técnico suficiente para justificar la excepción al inciso segundo del artículo 59 de la Ley N21.442 relativa a la distancia máxima de 400 metros.<br /> Conforme a lo anterior se estima pertinente complementar el Informe Técnico emitido por el Asesor Urbanista durante el año 2024 incorporando un pronunciamiento específico respecto de la aplicación de la excepción contemplada en el artículo 55 letra b de la Ley N21.442 en relación con la exigencia de distancia establecida en el inciso segundo del artículo 59 del mismo cuerpo legal. Este complemento tiene por objeto precisar y desarrollar conforme a lo solicitado por la institución revisora DOM el análisis de conectividad previamente efectuado en función de las observaciones formuladas procurando facilitar su revisión y manteniendo la coherencia con los antecedentes técnicos ya evaluados.<br /> En relación a lo señalado se solicita emitir un pronunciamiento técnico complementario que aborde específicamente la aplicación de la excepción contemplada en el artículo 55 letra b de la Ley N21.442 respecto de la exigencia de distancia máxima de 400 metros establecida en el artículo 59 permitiendo su evaluación sobre la base de los antecedentes ya revisados del proyecto particularmente en lo relativo a su red vial.