Audiencias - Año 2026 - Juan Ávila

1. Información General

Identificador

MU257AW2152487

Fecha

2026-04-28 10:00:00-04

Forma

Presencial

Lugar

OFICINA DOM QUINTA NORMAL

Duración

0 horas, 30 minutos

2. Asistentes

Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Silvestre Oporto Coria Gestor de intereses Silvestre Oporto Silvestre Oporto Coria

3. Materias Tratadas

Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.

4. Especificación materia tratada

Sr. Juan Ávila Aguirre<br /> Director de Obras <br /> Quinta Normal<br /> <br /> Junto con saludar y con el debido respeto entre colegas me permito exponer que en mis 45 años de ejercicio profesional es primera vez que enfrento la negativa al ingreso de un expediente completo conforme al artículo 5.1.6 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones fundada en observaciones que no se ajustan a dicho precepto.<br /> <br /> En este contexto mediante la Ley de Lobby folio MU257AW2144688 de fecha 02.04.2026 solicité audiencia con usted a fin de aclarar dichas observaciones y POSIBILITAR EL INGRESO DEL EXPEDIENTE. No obstante se me informó Se rechaza la solicitud de audiencia ÉSTA DEBE SER SOLICITADA POSTERIORMENTE AL INGRESO DE UN EXPEDIENTE.<br /> <br /> Tal situación configura en términos jurídicos un circuito administrativo improcedente que impide avanzar en la tramitación. A fin de superarlo expongo lo siguiente<br /> <br /> CALIFICACIÓN INOFENSIVA<br /> <br /> 1 Nos encontramos en etapa de Permiso de Edificación regida por el artículo 116 de la LGUC y artículos 1.4.1 y siguientes de la OGUC. La normativa exige cumplimiento de Uso de suelo Normas urbanísticas y Antecedentes técnicos No contemplando la calificación inofensiva como requisito general ni especifico de ingreso. <br /> 2 El artículo 2.1.28 de la OGUC establece la calificación de actividades productivas la cual en la práctica administrativa puede acompañarse durante la tramitación del permiso Y NO PARA EL INGRESO DEL EXPDIENTE. En este caso dicha exigencia no fue informada en el CIP ni en otros antecedentes configurándose Tema arbitrario que según dictamen N 12.305 de 2006 de Contraloría establece que no aplica en la tramitación de permisos de edificación debido a los procedimientos reglados de la LGUC. Determina que la DOM debe emitir pronunciamientos expresos Y en este caso la DOM no se ha pronunciado<br /> 3 Existen DDU y dictámenes de Contraloría ya aclaradas a dicha calificación que muchas DOM confundieron y que ya está saneada