Identificador |
MU232AW0143389 |
Fecha |
2016-06-09 12:10:00-04 |
Forma |
Presencial |
Lugar |
SALA DE REUNIONES DOM, CONCHA Y TORO 1820 |
Duración |
1 horas, 15 minutos |
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Angela Matilde Gaete Parra | Gestor de intereses | Angela Matilde Gaete Parra |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
En atención a lo solicitado a través del Ingreso DOM N° x3757 del 10.02.2016, acuso recibo de Ord. N° 529/16, en la que se me informa respecto a Regularización N° 57 de fecha 14.04.2026, certificada para la propiedad ubicada en Pje. Orongo N° 3420.<br /> Vistos los antecedentes desde agosto del 2014, agradeceré una audiencia, con el fin de establecer la normativa vigente sobre Regularización de Edificación Existentes Dañadas a Consecuencias de una Catástrofe, lo que al parecer familiar, no constituye en el caso de dicha propiedad, ya que no se ajusta a daño estructural ocasionado por terremoto.<br /> Por lo tanto, se encuentra suficientemente acreditado con fecha 10.09.2015 que el 2do Juzgado de Policía Local da a lugar la denuncia, constituyendo infracción al art. 1.3.2 N° 1 y N° 2 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción y al Art. 116 de la Ley Gral. de Urbanismo y Construcción. <br /> Oficio N° 174-5 (31-08-2015), de Dirección de Obras Municipales de Pte. Alto "la ampliación emplazada en el patio lateral trasero, no cuenta con permiso de edificación, ni recepción final".<br /> Ejecutoriada la causa, ofíciese al DOM, "si en derecho corresponde, solicite la demolición de lo construido".<br /> Una vez, solicitada esta información en la Dirección de Obras, me dicen que la última palabra es la del Sr. Alcalde???? |