Identificador |
MU084AW1961663 |
Fecha |
2025-10-28 10:30:00-03 |
Forma |
Presencial |
Lugar |
Oficina Dirección de Obras Municipales . Av. Los Libertadores Nº277 |
Duración |
1 horas, 15 minutos |
| Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
|---|---|---|---|
| Alejandra Bórquez | Gestor de intereses | SBA Torres Chile SpA | Pablo Gonzalez Navarrete |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Por rechazo Res. N° 612 del 16.09.2025. de expediente de Subdivisión N° 1501 del 08.09.25. Motivo: el terreno a subdividir no está en zona Urbana, por lo que se determina rechazar el proyecto, la causa principal de haber patrocinado un proyecto debido a un error en CIP N°298 del 19-12-2019, mientras que otro CIP solicitado con el N°177 del 29.06.2022 contiene la misma clasificación de zona. <br /> En el mismo orden de ideas, se solicita poder tratar dudas respecto a esta inconsistencia, conocer si el terreno tiene una o más zonificaciones, ninguno de los cip incluye planimetría. Comento la importancia de la reunión debido a que esta partición se falló mediante tribunales de justicia donde el CIP se tuvo a la vista. Registro reunión:<br /> - Participante incorporado sin registro previo: Luis Soto Erazo, Arquitecto, RUT 5.082.506-K, +56 9 5628 8332, sotoerazo46@yahoo.es<br /> Responsabilidad del solicitante informar previamente la nómina de participantes.<br /> - La interesada expuso el rechazo de la subdivisión (Res. N° 612 de 16.09.2025) por encontrarse el terreno fuera del límite urbano.<br /> - Se señalaron inconsistencias entre CIP N° 298 (2019) y CIP N° 177 (2022).<br /> - Señalo que aclaró que la existencia de un CIP en un proceso judicial como precedente.<br /> <br /> - Director, señalo normativa vigente art. 55 LGUC, y se indico los casos que impide subdivisiones urbanas en áreas rurales o de extensión urbana.<br /> - Se acordó ingresar carta formal dirigida al Director de Obras Municipales para revisar la situación de los CIP y del rechazo del expediente de subdivisión.<br /> - La DOM responderá mediante Oficio Ordinario DOM conforme a normativa vigente. |