Identificador |
MU070AW2217396 |
Fecha |
2026-06-11 12:00:00-04 |
Forma |
Videoconferencia |
Lugar |
modalidad video llamada se enviara link de conexión al correo electrónico declarado en la presente solicitud |
Duración |
1 horas, 0 minutos |
| Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
|---|---|---|---|
| Vicente Justiniano | Gestor de intereses | Vicente Justiniano S | |
| Juan Bayelle | Gestor de intereses | Juan CArlos Bayelle | |
| Mario Antonio Sepúlveda Sepúlveda |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Aclarar razones rechaza expediente ampliación 272 30 del 04 del 2026<br /> ACTA REUNIÓN AUDIENCIA FOLIO MU070W2217396<br /> <br /> Tema Revisión de Resolución de Rechazo N272 de fecha 11.06.2026, correspondiente a Solicitud de Permiso de Edificación Ampliación Mayor a 100 m2 de la propiedad Rol N100370.<br /> Participantes Vicente Justiniano, Juan Carlos Bayelle, Maura Maldonado, Mario Sepúlveda.<br /> Fecha 11.06.2026.<br /> Modalidad Video llamada.<br /> <br /> <br /> 1. Por requerimiento del arquitecto patrocinante, conforme a la Resolución DOM N272 de fecha 30.04.2026, se revisan las siguientes observaciones que no fueron subsanadas yo aclaradas, estableciendo acuerdos, según el siguiente detalle<br /> <br /> <br /> <br /> <br /> Observación<br /> Revisión DOM<br /> Acuerdos<br /> N3, referida a presentar tramitación que corresponda alteración.<br /> No presenta formulario de solicitud de alteración que corresponda.<br /> En caso de tramitar otra solicitud de manera simultánea, debe presentar el formulario y antecedentes correspondientes. <br /> N5, referida a discrepancia en uso de suelo.<br /> En expediente y en Informe de R.I.A., se establece Uso de Suelo Actividad Productiva, Destino Bodega. Lo que, es discrepante con lo señalado en CIP N1008 de fecha 14.09.2021, respecto a que se admiten actividades productivas, establecimientos de impacto similar Solamente Bombas de Bencina, centro de Servicios Automotriz, de carácter inofensivo.<br /> Proyecto debe acogerse a uno de los destinos permitido en CIP, manteniendo coherencia en todo el expediente.<br /> N9, referida a la altura máxima.<br /> En antecedente, plano, corte AA y CC, se observa que edificación sobrepasa altura máxima de 7 metros.<br /> Debe graficar de forma clara en planos, el cumplimiento de la altura máxima de 2 pisos 7 metros.<br /> <br /> Respecto al 3 y 4 piso en mansarda, el proyecto debe enmarcarse en su definición establecida en art. 1.1.2 de la OGUC.<br /> N24, referida a proyecto emplazado en ZR2 e informe aprobado por organismo competente.<br /> No es posible vincular informe y medidas aprobadas, con el proyecto de la presente solicitud.<br /> Se informa que el levantamiento de una zona de restricción requiere la modificación del instrumento de planificación territorial vigente, conforme a las disposiciones normativas aplicables. En consecuencia, cualquier solicitud o gestión orientada a dicho propósito deberá ser presentada y tramitada ante el Departamento de Asesoría Urbana de este municipio.<br /> N25, referida a resoluciones MINVU presentadas.<br /> Las resoluciones N120 y 406 MINVU ambas del año 2025, guardan relación con una solicitud de anteproyecto, anterior y distinta a la presente solicitud. |