Identificador |
CM008AW1791175 |
Fecha |
2025-05-29 10:00:00-04 |
Forma |
Videoconferencia |
Lugar |
Reunión Ley del Lobby - Luis Díaz Jueves, 29 de mayo · 11:00 – 11:30am Información para unirse con Google Meet Enlace de la videollamada: https://meet.google.com/vyx-ocdk-vwd |
Duración |
0 horas, 30 minutos |
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
---|---|---|---|
Luis Díaz | Gestor de intereses | luis diaz |
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. |
Celebración, modificación o terminación a cualquier título, de contratos que realicen los sujetos pasivos y que sean necesarios para su funcionamiento. |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Estimad@s Directiv@s Superiores de la Corporación Municipal<br /> /<br /> De nuestra consideración y especial deferencia.<br /> /<br /> Por intermedio de la presente, se solicita sus buenos oficios para otorgar audiencia de lobby, a fin de informar a la municipalidad respecto de la existencia de subsidios por incapacidad laboral (SIL), pendientes de reembolso, tanto en Isapre como en Fonasa.<br /> /<br /> Estos recursos -por diferentes motivos- que no viene al caso analizar, no se han podido recuperar desde las instituciones previsionales, en consecuencia estamos en condiciones de apoyar la gestión y lograr la recuperación de dichos montos en un plazo máximo de 30 días.<br /> /<br /> Dado que siempre en la municipalidad los recursos son escasos, para atender las múltiples demandas de la comunidad, creemos que es de mucha conveniencia para la gestión edilicia lograr disponer de estos recursos a la brevedad posible.<br /> /<br /> A su turno, la ausencia de gestiones de cobro y detalle sobre los derechos por cobrar de la entidad auditada denota una falta a los principios de responsabilidad, eficiencia, eficacia y control, con que deben gestionar los organismos públicos, contenidos en los artículos 3° y 5° de la aludida ley N°18.575<br /> /<br /> Destacar que ya en el año 2016 el dictamen N°83.157, precisó que el servicio de recuperación de subsidios de incapacidad laboral no constituye una función inherente a los municipios, sino que es una acción de apoyo a la entidad edilicia, en consecuencia el encargo a un tercero de la ejecución de las aludidas labores de apoyo incide claramente en la efectiva recuperación de ciertos recursos adeudados al municipio, concluyendo que no se observa impedimento en que las municipalidades y servicios públicos procedan a externalizan el servicio.<br /> /<br /> En consecuencia, nos colocamos a su disposición para recuperar la siguiente cantidad de recursos……………$195.414.328.-<br /> /<br /> Todos correspondientes a reembolsos pendientes de Isapre y Fonasa.<br /> /<br /> Esperamos que esta noticia sea del agrado del equipo directivo superior y por supuesto estamos disponibles para apoyar la gestión en esta y otras áreas de acuerdo a la cartera de servicios disponible en www.muniprime.com<br /> /<br /> Esperamos su decisión para reunirnos a la brevedad, mediante plataforma google meet u otra similar, puesto que estamos en condiciones de que estos recursos estén disponibles al 10 de Abril del año 2025, en la cuenta corriente de su institución.<br /> /<br /> Para su conocimiento y fines pertinentes.<br /> /<br /> Luis Aurelio Diaz Acuña<br /> Ingeniero senior MMonroe & asociados<br /> Cel 9 6870 4991 |