Audiencias - Año 2022 - Cristian Lineros

1. Información General

Identificador

AW003AW1234584

Fecha

2022-11-11 09:00:00-03

Forma

Videoconferencia

Lugar

https://teams.microsoft.com/l/meetup-join/19%3ameeting_MDgzNzA5NTAtMzg1ZC00MDc1LThlYTktMTk5YmM4YzRlMjAw%40thread.v2/0?context=%7b%22Tid%22%3a%22fe15d074-ec00-4817-a9b9-8f72dc446fe3%22%2c%22Oid%22%3a%227aee3cf4-5d20-4d01-9041-b3e5f715615a%22%7d

Duración

1 horas, 0 minutos

2. Asistentes

Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Clemente Pérez Gestor de intereses Guerrero Olivos Osa Mayor Solar SpA
SEBASTIÁN Abogabir Gestor de intereses Servicios Profesionales Guerrero Olivos Limitada Osa Mayor Solar SpA
Felipe Fruhling Gestor de intereses Servicios Profesionales Guerrero Olivos Limitada Osa Mayor Solar SpA
Jorge Ríos Gestor de intereses Osa Mayor Solar SpA
Javier Campos Gestor de intereses Osa Mayor Solar SpA
Cristóbal Gómez Gestor de intereses Osa Mayor Solar SpA
Ernesto Vidal Gestor de intereses Osa Mayor Solar SpA

3. Materias Tratadas

Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.

4. Especificación materia tratada

Se analiza estado de investigación de proyectos fotovoltaicos en Chillán, donde se pone énfasis en elementos y situaciones procedimentales acontecidas durante la tramitación de pertinencias en el Servicio de Evaluación Ambiental Región de Ñuble, como también su relación de las mismas en el trámite de investigación desarrollado por la Superintendencia del Medio Ambiente.<br /> <br /> Al respecto, se aclara que el proceso en la SMA se inicia por una denuncia del SEA, al que posteriormente se solicita efectuar un “Mero Análisis” de sus pronunciamientos, los que en su momento fueron expuestos al titular del proyecto para su conocimiento. En función de lo mismo y los antecedentes presentados, el titular considera pertinente incorporar un “Téngase presente”, reforzando algunas materias como que los proyectos siempre se concibieron de forma independiente, no superan el umbral del Art. 10 Ley 19.300, no materializan obras de construcción simultaneas, bajo la lógica de elusión no se podrían materializar ya que actualmente mantienen dueños distintos y actualmente no es factible dividir la RCA en el caso de haber existido.