En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.
| Fecha | Identificador | Asistentes | Representados | Materia | Detalle | |
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| 2026-03-02 11:07:00-03 | AR006AW2094420 | Sujeto Pasivo | Rolando Manzano | I. EXPOSICIÓN DE ANTECEDENTES. La Red de Ganaderos y Ganaderas de Camélidos Sudamericanos del Territorio Biocultural Andino agrupa a organizaciones indígenas ganaderas de las regiones de Arica y Parinacota Tarapacá y Antofagasta. Con fecha 23 de octubre de 2025 se remitió carta formal al Servicio Agrícola y Ganadero exponiendo la problemática del aumento sostenido de ataques de puma Puma concolor a rebaños camélidos altoandinos. Si bien se han implementado medidas tales como protocolos de denuncia estudios poblacionales ampliación del seguro ganadero y pilotaje de corrales y balizas disuasivas los ataques continúan en aumento resultando dichas medidas insuficientes frente a la magnitud del problema. Recientemente en la localidad de Caspana se produjo un ataque reiterado de puma que culminó con la muerte de llamas y perros así como el ingreso del carnívoro al domicilio de una ganadera reconocida como cultora de la ganadería camélida altoandina. Esta situación se produce pese a las continuas y reiteradas advertencias de la población local a funcionarios del SAG y a la consultora que está realizando el estudio de desplazamientos del puma en la zona. Tristemente y a nuestro juicio la falta de acción oportuna culminó con la muerte del felino. II. DIMENSIÓN PATRIMONIAL Y CULTURAL Como mencionamos en la carta anterior la ganadería camélida altoandina se encuentra inscrita en el Registro de Patrimonio Cultural Inmaterial del Estado de Chile conforme a la Ley N 21.045 que crea el Ministerio de las Culturas las Artes y el Patrimonio. Esta práctica constituye un sistema biocultural ancestral desarrollado por pueblos aymara quechua licanantay y colla integrando conocimientos tradicionales manejo territorial cosmovisión andina y soberanía alimentaria. El Estado de Chile conforme a la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de UNESCO 2003 ratificada por Chile así como al Convenio 169 de la OIT tiene el deber de adoptar medidas Nombre Asistentes Claudio Julio Jefe (S) del Departamento de Vida Silvestre Andrés Albert Profesional del Departamento de Vida Silvestre Ximena Anza Mesa Ganadera de Caspana Mauricio Rosenbluth Servicio País Luis Jinénez En la reunión se abordó el aumento de conflictos entre la ganadería tradicional y la presencia de pumas en la zona, el incremento de ataques y las pérdidas económicas y culturales que estos generan en las comunidades ganaderas. Los asistentes manifestaron preocupación porque ven descoordinación en procedimientos y respuesta tardía (caso Caspana). Hay percepción de que las medidas adoptadas son insuficientes, lo que produce la sensación de mayor protección hacia el puma que hacia el ganado. Se señaló también una falta de coordinación entre los distintos servicios públicos involucrados. Desde las autoridades se aclaró que el SAG debe actuar dentro del marco legal vigente, que la extracción de pumas no es una solución al conflicto y que no existe atribución legal ni presupuesto para compensar pérdidas por depredación. Asimismo, se explicó que el SAG puede atender denuncias para diferenciar ataques de perros o fauna silvestre, aunque la gestión de perros está regulada por la Ley de Tenencia Responsable y no es competencia directa del Servicio. Finalmente, usuarios proponen establecer reuniones periódicas entre autoridades locales, empresas y ganaderos para identificar necesidades, evaluar mejoras y analizar costos, planteando al SAG como interlocutor central en la materia. |
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