Identificador |
AP010AW2165747 |
Fecha |
2026-04-28 10:00:00-04 |
Forma |
Presencial |
Lugar |
Oficina SERVIU BIOBIO Los Angeles |
Duración |
1 horas, 0 minutos |
| Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
|---|---|---|---|
| Franz Iraira | Gestor de intereses | CONSTRUCTORA IRAIRA LIMITADA | Constructora Iraira Limitada |
| Soledad Gutiérrez | Gestor de intereses | Constructora Iraira Ltda. | |
| María Medina |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Se solicita audiencia con el objeto de exponer antecedentes y efectuar precisiones respecto del Ordinario N2545 de fecha 17 de abril de 2026 recibido por correo electrónico con fecha 20 de abril 2026 mediante el cual ese Servicio informa la improcedencia de otorgar visto bueno al borrador de escritura de rectificación del contrato de compraventa favor de doña Ada Torres Pizani perteneciente al Proyecto correspondiente al Proyecto Comité Habitacional Evenecer comuna de Los Ángeles<br /> <br /> En particular la solicitud tiene por finalidad abordar los siguientes aspectos<br /> AUDIENCIA LOBBY SR. FRANZ IRA IRA.<br /> <br /> <br /> Con fecha 19.01.2026 se ingresó una rectificación, respecto de la cual el SERVIU se ha pronunciado mediante ordinario N2545 de fecha 17042026.<br /> La EGR señala que, en reunión telemática con la Sra. Ada Torres Pizani, esta manifestó su intención de ocupar la vivienda en el futuro. Actualmente, la vivienda es ocupada por su madre, a quien se le hizo entrega en virtud del poder otorgado.<br /> Asimismo, la EGR indica que el poder amplio no constituiría un problema para la firma de la escritura ni para la entrega de la vivienda, razón por la cual no informó previamente al SERVIU sobre la situación particular de la beneficiaria. No obstante, reconoce que no se consignó correctamente la comparecencia en la escritura al momento de la firma.<br /> Adicionalmente, la EGR propone que la nueva escritura sea firmada por la madre de la Sra. Ada Torres Pizani en virtud del poder, y que posteriormente se apliquen los procedimientos correspondientes por la no ocupación por parte de la beneficiaria.<br /> Participan de esta Audiencia Lobby, Sebastian Maureira Royo Abogado Unidad Juridica, Xiemna Illanes Gómez Encargada Unidad Juridica, Yasna Torres Cortes Coordinadora Equipo Social, Liliana Salamanca Pérez Encargada Unidad Operaciones Habitacionales.<br /> <br /> <br /> <br /> <br /> <br /> Antecedentes del proceso de selección del grupo organizado en el marco del D.S. N49 año 2013 así como su posterior homologación al D.S. N10 instancias en las cuales el Servicio tomó conocimiento y validó los antecedentes de los beneficiarios.<br /> Información previamente proporcionada al SERVIU respecto de la residencia de las familias del comité la cual fue revisada en su oportunidad sin formular observaciones que impidieran la continuidad del proceso.<br /> Alcance de las disposiciones contenidas en los estatutos del Comité particularmente en lo relativo a la calidad de socio y los procedimientos formales requeridos para su eventual exclusión.<br /> Distinción entre materias de carácter formal rectificación de escritura y consideraciones de fondo relativas al cumplimiento de obligaciones del subsidio y su posterior uso de la vivienda .<br /> Necesidad de aclarar el fundamento del pronunciamiento emitido en cuanto este se sustenta en una eventual no ocupación futura de la vivienda lo que constituiría un juicio anticipado respecto de un hecho incierto y no verificado cuya exigibilidad corresponde a una etapa posterior del proceso.<br /> <br /> Lo anterior con el objeto de clarificar el alcance del pronunciamiento emitido y definir una vía de solución que permita dar continuidad al proceso conforme al marco normativo vigente. |