En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.
| Fecha | Identificador | Asistentes | Representados | Materia | Detalle | |
|---|---|---|---|---|---|---|
| 2026-02-17 11:30:00-03 | AO038AW2091421 | Sujeto Pasivo | Alicia Marlene Poblete Pérez | La Sra. Ellen Igor Pulmini. ex profesional kinesióloga de ese Servicio de Salud Magallanes. tiene un requerimiento judicial de reintegro de remuneraciones de enero y febrero de 2022. período en que estuvo haciendo uso del beneficio de salud irrecuperable. que por un lamentable error de ese Servicio le solicitaron cancelar. Sucedió que por equivocación del nivel central habían considerado que no me correspondía el beneficio de salud irrecuperable e incentivo al retiro en forma conjunta. porque no tenía 60 años. situación que aclaró la Contraloría General de la República mediante Dictamen E293553 del 30 de diciembre de 2022. que fue ignorado tanto por el Servicio de Salud como por la Contraloría Regional de Magallanes y Antártica Chilena que mediante tres dictámenes del año 2023 desconoció la jurisprudencia de la Contraloría General de la República y en base a esta jurisprudencia errada. la demandaron en el Tercer Juzgado de Letras de Punta Arenas. demanda de la que no se pudo defender por escasez de recursos. lo que originó un fallo favorable al Servicio. Esta situación la planteó a la directora del Servicio. en audiencia realizada con fecha 9 de mayo de 2025. quien consignó en el acta emitida. que si el fallo le fuera desfavorable le darían todas las facilidades del caso. lo que no sucedió y sin decir agua va le avisan DE ORDEN DE EMBARGO. que demás está decirlo la tiene sumamente angustiada. habiendo agravado su ya precaria condición de salud. Aclaro que quien solicita la reunión tiene poder notarial otorgada por la afectada. para representarla en esta audiencia. siendo acompañado por la Sra. Alicia Poblete Pérez dirigenta gremial. que la ha apoyado en estos últimos años. quien informará de las gestiones y acuerdos realizados con la Directora titular del Servicio y Contraloría Regional al respecto. Además concurrirá el Sr. Marcelo Suazo Velásquez. abogado quien la está asesorando en esta difícil situación que le esta afectando. _____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ Solicitante: d. Claudio Barrientos Goic. Medio: plataforma de lobby. Fecha de realización: 17.02.2026. Hora de inicio: 11.35 am. Hora de término: 12.17 pm. Asistentes: d. Ricardo Contreras Faundez, Director (S) del SSM. d. Alejandro Campos Robledano, Asesor de Dirección, SSM. d. Rodolfo Vidal Yáñez, Asesor Jurídico, SSM. d. Claudio Barrientos Goic, solicitante. d. Alicia Poblete Pérez, dirigente FENATS. d. Marcelo Suazo Velásquez, Abogado, en representación de d. Ellen Igor. d. Javiera Morales Alvarado, Diputada (medios remotos). d. Alejandra Gálvez Romero, Jefa Departamento Jurídico, SSM. Lugar de reunión: Oficina Dirección, calle Lautaro Navarro número 820, Punta Arenas. Materias abordadas La reunión inicia a las 11:35, Director (S) realiza las presentaciones de todos los asistentes. Pasa a darle la palabra al solicitante para que informe las razones tenidas a la vista para requerir la reunión a través de la plataforma de lobby. El Sr. Barrientos inicia su presentación refiriendo a los problemas de salud que aquejan a d. Ellen Igor, agregando que él ofrece servicios como asesor previsional, lo que lo vincula al caso de la Sra. Igor. Continúa exponiendo el acceso a seguridad social por parte de la Sra. Igor, a propósito de su proceso de retiro, indicando que primero fue calificada en marzo de 2021 con invalidez, obteniendo un primer dictamen de invalidez con otorgamiento de pensión transitoria parcial, 50% de invalidez, lo que actualmente fue modificado mediante dictamen de invalidez total desde el año 2025, habiendo el Sr. Barrientos colaborado con dichas gestiones, en razón de los problemas que a su juicio, afectaban la gestión por parte del SSM en la materia, aludiendo a que los funcionarios no sabían cómo diligenciar una pensión de invalidez como la que requería la Sra. Igor. Hace lata referencia a los dictámenes emanados de la entidad fiscalizadora que referían a la situación de salud previsional de la Sra. Igor, destacando que, tanto en el SSM como a nivel nacional, se desconocía la materia y nunca se habría tramitado pensiones de invalidez. A continuación, alude a hitos de índole legal sobre el trámite de pensión. Respecto al caso en particular, expone que con fecha 14.03.2022, el SSM contactó a d. Ellen para poner término a su contrato, instancia en la que se le informó que, si no accedía a dicho término, no podría acceder al incentivo al retiro. En esta ocasión, termina el contrato en SSM y d. Ellen, lo que se realiza en una fecha que dejó como pagos indebidos de sus remuneraciones los meses de enero y febrero 2022, por lo que en razón de estar mal percibidas las sumas, se iniciaron las acciones tendientes a solicitar el reintegro. Frente a lo anterior, d. Ellen decide consultar con un abogado, quien le aconsejó no devolver el dinero. En 08.2022 se reúne de nuevo con la dirección del SSM, d. Sebastián Vera y d. Fany Ross, junto al Director (S) d. Ricardo Contreras Faundez. En esta reunión, d. Ellen informa que el SSM ha tramitado mal su acceso al incentivo al retiro, considerando esta imputación el Director (S) informa que instruiría un procedimiento disciplinario para examinar si el procedimiento se ajustó a derecho, d. Claudio Barrientos agrega que jamás se realizó, a lo que d. Alejandra Gálvez interviene, informando que el sumario administrativo se realizó y se encuentra actualmente sobreseído. Continúa el Sr. Barrientos, señalando que con fecha 30.12.2022, Contraloría emitió un dictamen mediante el cual estableció que los beneficios de salud irrecuperable e incentivo al retiro no son incompatibles. Posterior a este dictamen, el abogado que representaba a d. Ellen requirió un pronunciamiento a la Contraloría General de la República, entidad que con fecha 30.03.2023 desestimó la solicitud, lo que fue reiterado como reconsideración y como reclamo de ilegalidad, obteniendo respuestas desfavorables por parte de la Contraloría. Finalmente, con fecha 08.05.2024 d. Ellen hizo nueva presentación en Contraloría General, esta vez con intervención de parlamentarios, solicitando dejar sin efecto la orden de reintegro de las sumas mal percibidas, conforme lo había declarado la Contraloría Austral. Informa que realizó múltiples gestiones en relación al tema, entre ellas pidió audiencia con el contralor regional, pasando a referir a la incorporación de d. Verónica Orrega Ahumada en el SSM, sin dar mayor detalle al respecto, refiriendo posteriormente a la demanda del SSM en contra de d. Ellen Igor, juicio en el cual la Sra. Igor jamás accionó. Pasa a tomar la palabra d. Alicia Poblete, quien pide facilidades de pago de la deuda, aludiendo nuevamente, a que los errores son imputables al SSM, señalando que d. Ellen no actuó de mala fe, sino que más bien era el SSM que no sabía cómo diligenciar el acceso al incentivo al retiro correctamente. El Director (S) menciona que el proceso se hizo conforme a la norma, que SSM no busca el perjuicio, sino que siempre se ha tenido disposición a normalizar el cumplimiento de la norma. Interviene la Diputada, agradece la disposición de las partes y sugiere que se dispongan plazos de término de las tratativas, por las razones que esgrime. D. Alejandra Gálvez señala que la posibilidad de llegar a acuerdo ha estado permanentemente a disposición de la Sra. Igor, sin embargo, ella jamás ha hecho un acercamiento, en circunstancias que tiene el impulso procesal por ser la interesada en liberarse de su deuda. Se inician las negociaciones sobre cifra a pagar y facilidades. d. Rodolfo Vidal insta a que abogados lleguen a acuerdo. d. Alicia señala que quieren prevenir un perjuicio, reitera que necesitan facilidades de pago. D. Claudio indica que d. Ellen cuenta con escasos recursos, sugiere cuotas de $200.000, d. Rodolfo recuerda que, a propósito del incentivo al retiro, d. Ellen percibió aproximadamente 50 millones de pesos, a lo que d. Claudio agrega que el dinero se había ocupado, ya que d. Ellen había comprado un inmueble con él, además de ayudar a sus hijos. Se consulta por 1 plazo de propuesta, se acuerda que el 23.02.2026 el Abogado de d. Ellen haría llegar una ofrecimiento de acuerdo, se enfatiza por la Asesoría Jurídica del SSM, que debe contar con una primera cuota de seriedad que asuma la cifra adeudada y que contando con ello, se analizaría el pago de las cuotas. Se aclara, igualmente, que el proceso judicial se detiene solo una vez generada la traba de embargo y que luego el SSM se compromete a detener las gestiones de retiro de especies mientras las partes se encuentren negociando y siempre que lleguen a un acuerdo de pago. D. Javiera Morales se desconecta. 12:17 termina la reunión. |
Ver Detalle | |
| Sujeto Pasivo | Claudio Barrientos | |||||
| Sujeto Pasivo | Marcelo Andrés Suazo Velásquez | |||||