Audiencias - Año 2024 - Loreto Garrido

1. Información General

Identificador

AO009AW1544635

Fecha

2024-03-27 16:00:00-03

Forma

Videoconferencia

Lugar

https://teams.microsoft.com/l/meetup-join/19%3ameeting_YmQ0NTdhMjItODI1MC00MTc2LThlYmUtNTk4NzIzNjgwZDFh%40thread.v2/0?context=%7b%22Tid%22%3a%227444d57c-04c8-42de-a081-dd899af2922e%22%2c%22Oid%22%3a%220a0ff0b6-3316-4fb8-827f-53de04000397%22%7d Id. de reun

Duración

1 horas, 35 minutos

2. Asistentes

Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Alexander Letelier Gestor de intereses atsu servicios spa
Juan Campos

3. Materias Tratadas

Ninguna de las anteriores

4. Especificación materia tratada

Introducción:<br /> Producto de la relación contractual existente entre el Hospital San Juan de Dios – CDT y ATSU Servicios SPA que<br /> emerge a partir de proceso de licitación pública 1641-191-LR22 - SERVICIOS DE APOYO PROFESIONAL Y<br /> ADMINISTRATIVO PARA LA UNIDAD DE ABASTECIMIENTO, se solicita reunión por medio de la plataforma de Lobby<br /> para tratar situación ocurrida en relación al cumplimiento de los acuerdos contractuales, las multas por incumplimiento y<br /> los descargos realizados por la empresa.<br /> Se inicia reunión a las 16:00 hrs.<br /> Inicia la reunión Srta. Loreto Garrido, quién agradece la instancia e indica que el objetivo corresponde a la coordinación de<br /> algunos elementos pendientes que no han sido resuelto en la relación entre el administrador de contrato (Jefe CR.<br /> Abastecimiento) y la ejecutiva comercial representante de la empresa para el Hospital.<br /> El primer punto corresponde a la existencia de dos correos electrónicos sin respuesta por parte del proveedor donde se<br /> solicita el cese de funciones de dos funcionarios, ya que el servicio prestado no corresponde al requerido por el Centro de<br /> Responsabilidad, existiendo un caso grave en el actuar de uno de los trabajadores de la empresa.<br /> El proveedor indica que los trabajadores se encuentran vinculados contractualmente al proceso de licitación y que,<br /> adicionalmente, la información entregada en el actuar del trabajador fue entregada a posteriori de la solicitud de cese de<br /> funciones y menciona las últimas multas cursadas por incumplimiento de contrato.<br /> El Sr. José Tomás Doña interviene haciendo mención que el descargo realizado por el proveedor en el último proceso de<br /> curse de multas sobrepasa los alcances jurídicos del proceso, ya que se asocian más a un ataque hacia el administrador de<br /> contrato, Srta. Loreto Garrido. Dada esta situación, se advierte que la relación comercial entre las partes se vio mellada.<br /> Ante esta intervención el proveedor acusa malos tratos por parte del administrador de contrato a los trabajadores que<br /> entregan el servicio, motivo por el cual Srta. Loreto Garrido solicita información respecto al proveedor respecto a la<br /> información entregada.<br /> <br /> Srta. Ximena Poblete indica que durante el último período un total de cuatro trabajadores de la empresa han acudido a la<br /> Asociación Chilena de Seguridad (ACHS) indicando carga laboral excesiva, malos tratos por parte de la Jefa de CR.<br /> Abastecimiento que incluso se elevaron a insultos, indicando que cuenta con respaldo de la información entregada por los<br /> trabajadores vía correo electrónico.<br /> Srta. Loreto Garrido indica que en el punto 19 de las descargas por parte del proveedor en el proceso de multas se indica<br /> que durante el último período donde se estableció un cambio de Jefatura del CR se ha dificultado la relación entre las<br /> partes debido a la forma y los tratos por parte del Administrador de Contrato, por lo tanto lo que se estaba injuriando a su<br /> persona.<br /> D. José Tomás interviene declarando que existen actualmente nuevos lineamientos desde los Directivos del Hospital, lo<br /> que ha obligado a generar nuevas líneas de trabajo en los puntos donde el Servicio que entrega la empresa es requerido,<br /> particularmente en temas de eficiencia y eficacia en el desarrollo de las labores y los procesos establecidos.<br /> Habiendo dicho esto, D. José Tomás menciona que, dada la poca eficiencia del servicio, los tiempos de respuesta<br /> extendidos y sumado a las formas que ha tomado la relación entre los representantes de la empresa con el Hospita,l es<br /> necesario dar término a la relación contractual.<br /> El Hospital, a través de Deborah Stubing, aclara que los puntos clave del debate en relación a la entrega del servicio<br /> apuntan a que debido a la demora en la respuesta por parte del proveedor en situaciones donde se ha requerido el<br /> reemplazo de trabajadores para dar continuidad al servicio no ha sido coherente con lo establecido en el contrato, por lo<br /> tanto se ha debido cursar multas por incumplimiento. Adicionalmente, se aclara que los descargos del proveedor no<br /> hacen referencia a los incumplimientos en la relación contractual de ambas partes, sino más bien alcances de apreciación<br /> en relación a Srta. Loreto Garrido.<br /> Adicionalmente, Srta. Deborah consulta que ocurrirá con los dos casos de trabajadores de la empresa donde se requiere<br /> un cese de funciones y un reemplazo para poder dar continuidad al servicio, aclarando que esta solicitud se remite a<br /> términos exclusivamente laborales asociados a la gestión brindada por el servicio.<br /> El proveedor, mediante la palabra de D. Alexander, ofrece adoptar puntos de mejora para mejorar la relación contractual<br /> y sugiere que se asuman responsabilidades compartidas entre ambas partes. En este contexto, informa que la situación<br /> de mercado a la que ellos se enfrentan para poder dar respuesta a la entrega del servicio se ha complejizado, e indican<br /> que sus esfuerzos y uso de recursos no ha sido bien recibida por el Hospital al no integrar trabajadores sugeridos por la<br /> empresa al servicio.<br /> Srta. Loreto Garrido aclara inmediatamente que si existen trabajadores de la empresa actualmente entregando el servicio<br /> en el CR. Abastecimiento.<br /> Tras una breve discusión se establecen los siguientes acuerdos:<br />  Para mejorar la relación entre las partes ATSU Servicios SPA indica que Srta. Ximena Poblete no será desde<br /> ahora en adelante la ejecutiva y representante por parte de la empresa con el Hospital.<br />  Dada la necesidad del Hospital se indica que se realizará el cese de funciones de trabajadores de la empresa de<br /> los dos trabajadores mencionados.<br /> o El Hospital se compromete a hacer envío de informe de rendimiento de trabajadores de la empresa<br /> durante la primera semana del mes de abril.<br /> o El proveedor se compromete a notificar a los trabajadores durante la primera semana del mes de abril.<br /> o El proveedor se compromete a que el período de reclutamiento de nuevos trabajadores se extenderá<br /> como máximo a dos semanas para dar continuidad al servicio, incluyendo la evaluación por parte del<br /> Hospital.<br /> <br />  Se establece que en futuras situaciones donde se requiera cese de funciones el Hospital podrá brindar<br /> información en relación al funcionamiento del servicio entregado por el proveedor.<br />  Se establece el compromiso por parte del proveedor de una mejora en el flujo de comunicación y notificación en<br /> los siguientes casos:<br /> o Licencias médicas presentadas por trabajadores de la empresa.<br /> o Respuesta en el plazo de reemplazo ante licencias médicas o cese de funciones.<br /> <br /> El Hospital, mediante Srta. Loreto Garrido, acepta los acuerdos establecidos entre las partes y valora la disposición de los<br /> involucrados para establecer una mejora en la relación contractual.