Identificador |
AO005AW2017992 |
Fecha |
2025-12-17 14:30:00-03 |
Forma |
Videoconferencia |
Lugar |
UGxhdGFmb3JtYSB0ZWFtcw== |
Duración |
1 horas, 0 minutos |
| Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
|---|---|---|---|
| Claudio García Amestica | Gestor de intereses | ISCNet SPA | |
| Nicolás Lastra Flores | Gestor de intereses | Nicolás Lastra Flores |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
La empresa consulta por los requerimientos de certificación de cascos, mencionando que actualmente se está llevando a cabo un proceso de certificación en China. Al respecto, se comenta a la empresa la legislación vigente (D.S. N°18 y N°173, ambos del MINSAL), donde se indica que todo EPP debe ser certificado en el país por normativa chilena oficial, y que en caso de no contar con uno para un EPP específico, procede solicitar la inscripción del EPP al Registro de Fabricantes e importadores de EPP (RFI) administrado por este Instituto. Ahora bien, para el caso de cascos, se explica que se cuenta con entidades certificadoras autorizadas en el país, por lo que el producto debe ser certificado en alguno de éstos, sin pasar por el RFI, a menos que el casco presente una certificación extranjera asociada a una propiedad de protección adicional a lo cubierto por la normativa oficial chilena (si éste es el caso, se exigirá la certificación del producto por un laboratorio chileno autorizado como base, además de la documentación que respalde la certificación adicional y la trazabilidad del producto). Por otro lado, se aclara lo del logo ISP en los productos certificados, a propósito de la consulta de la empresa. Por último, ante la consulta de la empresa, se explica que, a la fecha de la audiencia, no se cuenta con un producto inscrito en el RFI con normativa china, debido a que no se ha podido comprobar la debida certificación de los productos postulados con estos estándares. |