Audiencias - Año 2021 - Juan Roldán

1. Información General

Identificador

AO005AW0908907

Fecha

2021-01-19 11:30:00-03

Forma

Videoconferencia

Lugar

Se enviará enlace de la reunión a la brevedad posible sólo a las personas registradas en este formulario.

Duración

1 horas, 0 minutos

2. Asistentes

Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Cristian Retamal Lobbista Importadora y Comercializadora Medtrade E.I.R.L. Exeltis Chile S.p.A.
Carlos Carvajal Casanga Gestor de intereses Exeltis Chile SPA Exeltis Chile S.p.A.
Claudia Fanny Carmona Zúñiga Gestor de intereses salcobrand SA Salcobrand S.A.
Nancy Jiménez Gestor de intereses Exeltis Chile SPA Exeltis Chile S.p.A.
Patricia Alejandra Martínez Barahona Gestor de intereses Salcobrand S.A.
Luz Hederra
Raúl González
Antonio García

3. Materias Tratadas

Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.

4. Especificación materia tratada

Autorización de comercialización de producto farmacéutico para COVID-19<br /> <br /> DESARROLLO<br /> <br /> <br /> - Se presentan los asistentes a la reunión, participan colaboradores de Salcobrand, Exceltis Chile e ISP.<br /> - Usuario indica que hay un producto de interés por la actual situación de pandemia (favipiravir), ante lo cual consulta respecto a las autorizaciones requeridas para disponer de tal producto en el sistema privado.<br /> - Se indica que debe ser sometido a evaluación como una solicitud indicando que la distribución será realizada por el sistema privado a través del arancel 4111036 AUTORIZACIÓN DE IMPORTACIÓN, FABRICACIÓN, VENTA O USO PROVISIONAL DE PRODUCTO FARMACÉUTICO NO REGISTRADO EN OTROS CASOS CALIFICADOS. D.S. Nº3/10, ARTÍCULO N°21, LETRAS A) Y B), acreditando la necesidad con fines de emergencia del uso que no cuenta con registro sanitario.<br /> - Se indican los requisitos del proceso de autorización de emergencia para la distribución de productos farmacéuticos.<br /> - Se indica que manteniendo la cantidad ya autorizada en la resolución de articulo 99 obtenida, se puede solicitar modificar los sitios de distribución ampliando los hospitales a farmacias, sin embargo, se debe justificar porque la cantidad anterior no fue utilizada por los hospitales inicialmente requeridos, adicionalmente se debe demostrar la necesidad detectada en el sector en el cual se quiere utilizar el producto, respaldando la solicitud con datos para demostrar que hay una necesidad urgente de uso del medicamento sin registro sanitario.