Audiencias - Año 2025 - Guillermo Ceroni

1. Información General

Identificador

AN001AW1902923

Fecha

2025-08-07 12:30:00-04

Forma

Presencial

Lugar

Edificio 2000 1 Norte N° 963 3 PISO OF. 301 Y 302 TALCA

Duración

1 horas, 0 minutos

2. Asistentes

Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
José Valenzuela Gestor de intereses Junta de Vecinos Parque Cordillera
Ximena Guzmán Vasquez Gestor de intereses JUNTA DE VECINOS PARQUE CORDILLERA- LINARES

3. Materias Tratadas

Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.

4. Especificación materia tratada

1.-Que se emita un pronunciamiento técnico interpretativo fundado a presentación efectuada respecto del artículo 1°, letra b), del Decreto N° 82/2022 dónde se establece como condición que “la extensión de la calle o pasaje no podrá ser superior a una cuadra, considerando:<br /> a.-La viabilidad de implementar un control de acceso programado nocturno en calles Cerro Cordillera y Volcán Lanín, limitado funcionalmente a una cuadra.<br /> b.-La procedencia del cierre permanente de la calle Volcán Chillán, por ser una vía ciega sin función de conectividad estructurante.<br /> <br /> 2.-Que este análisis se base en la descripción territorial ya entregada, en la funcionalidad real del sector, y en el marco del principio de proporcionalidad técnica que debe guiar toda evaluación de este tipo.<br /> 3.-Que, si se estima pertinente, se pueda concretar reunión técnica solicitada, presencial para exponer estos antecedentes en forma directa.<br /> <br /> 4.-La propuesta de cierre nocturno sujeto de interpretación a nuestro entender afecta exclusivamente al tránsito vehicular habitual entre las calles Cerro Cordillera y Volcán Lanín, configurando una unidad vial delimitada y coherente, sin afectar rutas estructurantes ni redes de conectividad mayores. Las calles interiores Volcán Villarrica y Volcán Osorno, si bien se encuentran incluidas en el perímetro del sector, carecen de proyección vial y se caracterizan por su condición de vías ciegas, pasivas y de uso residencial exclusivo, por lo cual no debieran ser consideradas en la interpretación del criterio de “una cuadra”, ya que no cumplen función articuladora ni alteran la estructura de conectividad general del sector.<br /> <br /> <br /> NOTA: - Cierre de calles en la comuna de Linares<br /> - Presentan oficio con pronunciamiento técnico.<br /> <br /> - Se responderá oficio a la comunidad.