Identificador |
AM010AW2215906 |
Fecha |
2026-06-15 01:00:00-04 |
Forma |
Presencial |
Lugar |
bombero salas 1351, 3 piso |
Duración |
0 horas, 30 minutos |
| Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
|---|---|---|---|
| Alvaro Bulnes | Gestor de intereses | Alvaro Bulnes Llompart | |
| Víctor Guevara | Gestor de intereses | Victor Guevara Caceres | |
| Juan Andrés Molina López | Gestor de intereses | Juan Molina Lopez | |
| Héctor Castillo | |||
| Uriel Galaz | |||
| Gerardo Andrés Galindo Valenzuela |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
La reunión tiene por objeto exponer y analizar antecedentes históricos, jurídicos y técnicos vinculados al Expediente de Expropiación N4031 asociado a la construcción del Paso Superior Lo Espejo sobre la Ruta 5 Sur, materializado mediante Decreto N1094 de 1966, específicamente respecto de una eventual demasía de expropiación correspondiente al denominado Lote 10, actualmente inscrito a nombre del Fisco.<br /> La materia a tratar dice relación con la revisión de antecedentes relativos a la utilización efectiva del terreno expropiado, considerando que una porción triangular del Lote 10 no habría sido utilizada para fines de utilidad pública ni para la ejecución de obras viales contempladas originalmente en el proyecto vial.<br /> Asimismo, se expondrá el contexto de las gestiones previamente realizadas ante la Jefatura de Expropiaciones nacional, Dirección Regional de Vialidad y Dirección de Concesiones del Ministerio de Obras Públicas, organismos que sucesivamente han derivado la revisión de esta materia entre sí, sin que a la fecha exista un pronunciamiento definitivo respecto del procedimiento administrativo aplicable para declarar su prescindencia o desafectación.<br /> En particular, se busca abordar la factibilidad de declarar la prescindencia o desafectación de la referida demasía del Lote 10, terreno que actualmente se encuentra completamente rodeado por propiedades de Mersan S.A. y cuya superficie aproximada de 111 m2.<br /> Adicionalmente, se expondrá que, debido a las restricciones urbanísticas aplicables al terreno, especialmente aquellas relativas a distanciamientos mínimos respecto de deslindes y antejardín, dicho inmueble no posee factibilidad práctica de desarrollo independiente o autónomo. En atención a ello, el interés de Mersan S.A. consiste en regularizar la situación jurídica y administrativa de dicha demasía y evaluar su eventual adquisición conforme al procedimiento legal que corresponda. |