Identificador |
AL009AW1719808 |
Fecha |
2024-12-18 17:00:00-03 |
Forma |
Videoconferencia |
Lugar |
Hugo Martinez Molina Presidente ANEC Tarapacá (lobby virtual) Miércoles, 18 de diciembre · 5:00 – 6:00pm Zona horaria: America/Santiago Información para unirse con Google Meet Enlace de la videollamada: https://meet.google.com/uoz-yuni-dai O marca el: ( |
Duración |
1 horas, 0 minutos |
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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José Fernando Hugo Martinez Molina | Gestor de intereses | CONTRALORÍA REGIONAL DE LA ARAUCANÍA | Jose Martinez Presidente ANEC Tarapaca - Fallo Tribunal Nacional Electoral |
Leslie Urzúa |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. |
Elaboración, tramitación, aprobación, modificación, derogación o rechazo de acuerdo, declaraciones o decisiones del Congreso Nacional o sus miembros incluídas comisiones. |
Revisión de casos específicos y en general de la situación que afecta a un grupo numeroso de dirigentes públicos, perseguidos por denunciar actos de corrupción (Movimiento Alzo la Voz), que han sido perseguidos por el aparato estatal, en especial por la institucionalidad del procedimiento disciplinario, el cual, según nuestro parecer ha sido instrumentalizado por el flagelo de la corrupción, teniendo presente lo ocurrido especialmente en la 3ra sala de la Corte Suprema de Justicia, hoy día cuestionada por el caso Hermosilla, y a quienes, la OIT ha estado prestando apoyo, situación que fue recogida recientemente por el Presidente Gabriel Boric Font, y en la cual, hemos recibido la respuesta positiva de la Subsecretaría del Trabajo, por lo que se requiere que dentro de la mesa de negociación, que estamos solicitando con esa cartera de estado, participe la SUSESO, en su rol de control sobre materias determinadas.<br /> Al respecto queremos establecer las debilidades del Reglamento de Calificación de Enfermedades Laborales Mentales, de que no se hubiese normado, hasta el momento, dentro del proceso de denuncia de situaciones de acoso laboral y sexual, violencia en el trabajo y en la propia Ley Karin, el rol que le compete al Dirigente Gremial, quien, según lo han establecido las mismas mutualidades, son la primera barrera y el primer actor que enfrenta estas vulneraciones sobre los trabajadores.<br /> En el caso particular del suscrito, presentar la situación que le ha afectado a este dirigente de la Contraloría General, quien luego de enfrentar una persecución constante, y habiendo denunciado este hecho, fue victima de un Fraude Electoral por parte del mismo Contralor General de la República, hecho que al no ser denunciado por el empleador a la Mutual y a la SUSESO, quedó impune, sumado que estando afectado por esta situación, fue objeto de dos acciones dos sumarios administrativos, montados por un grupo numeroso de funcionarios y directivos, que lo mantuvieron suspendido con sueldo durante seis años, lo que le puso en riesgo su vida, por la medicación permanente en la que lo dejo el sistema, y provocó un intento de suicidio. Ahora hemos judicializado la denuncia, por cuanto, luego de siete años de iniciadas estas acciones vulneradoras, entendemos de que se ha despedido el día 24 de septiembre, por un correo alterno que fue remitido a mi ex señora.<br /> N° Rol/Rit; T-311-2024 Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique. |