Identificador |
AL003AW2091150 |
Fecha |
2026-02-26 11:00:00-03 |
Forma |
Videoconferencia |
Lugar |
Plataforma online |
Duración |
1 horas, 0 minutos |
| Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
|---|---|---|---|
| Pedro Matamala | Gestor de intereses | FUNDACION EDUCACIONAL NIDO DE AGUILAS | SGS Chile Ltd |
| Nancy Ibaceta Muñoz | Gestor de intereses | SGS Chile Ltda | |
| Belen Aliste Garate | Gestor de intereses | SGS Chile Ltda | |
| daniel concha | Gestor de intereses | SGS Chile Ltda | |
| Faride Marfull | Gestor de intereses | SGS Chile Ltda |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Elaboración, tramitación, aprobación, modificación, derogación o rechazo de acuerdo, declaraciones o decisiones del Congreso Nacional o sus miembros incluídas comisiones. |
Celebración, modificación o terminación a cualquier título, de contratos que realicen los sujetos pasivos y que sean necesarios para su funcionamiento. |
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. |
Destinada a obtener que se adopten o que no se adopten las siguiente decisiones y actividades artículo 5 ley N20.730<br /> Elaboración dictación modificación denegación o rechazo de actos administrativos proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.<br /> <br /> DESARROLLO:<br /> Recurrentes:<br /> Representantes de las empresas S.G.S. Chile Ltda. y S.G.S. Minerals S.A. exponen los fundamentos del recurso de reposición, con jerárquico en subsidio, interpuesto en contra del Oficio Ordinario N° 200-6812/2026, de fecha 30 de enero de 2026, mediante el cual este Servicio se pronunció sobre el requerimiento de fecha 30 de diciembre de 2025, relativo a directores y delegados del Sindicato Interempresa Obreros Metalurgistas Unidos.<br /> <br /> Los representantes manifiestan su disconformidad respecto de la respuesta contenida en el citado Oficio Ordinario, señalando que, a su juicio, el pronunciamiento omitiría referirse al objeto de la solicitud planteada y que no se habría emitido considerando la totalidad de los antecedentes pertinentes.<br /> <br /> Desarrollo:<br /> Se informa a los representantes de las empresas que la respuesta contenida en el Oficio Ordinario recurrido fue emitida con base a los antecedentes que obran en poder del Servicio, conforme a los criterios institucionales vigentes y la normativa legal aplicable en la materia.<br /> <br /> Sin perjuicio de lo anterior, se deja constancia de que el recurso interpuesto será resuelto considerando los argumentos expuestos por las recurrentes en su presentación, así como los antecedentes acompañados en dicha instancia, en el marco del procedimiento administrativo correspondiente.<br /> <br /> Acuerdos / Cierre:<br /> Se da por finalizada la reunión, dejando constancia que, al momento de dictarse la resolución que se pronuncie sobre el recurso de reposición presentado por S.G.S. Chile Ltda. y S.G.S. Minerals S.A., en contra del Oficio Ordinario N° 200-6812/2026 de 30 de enero de 2026, este Servicio analizará de manera debida y detallada los argumentos y antecedentes aportados por las recurrentes, en concordancia con los lineamientos institucionales sobre la materia y con apego a la normativa aplicable. |