En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.
| Fecha | Identificador | Asistentes | Representados | Materia | Detalle | |
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| 2025-09-10 09:00:00-03 | AE006AW1932472 | Sujeto Pasivo | Sergio Saavedra | Necesitamos conocer, alinear y entender los criterios aplicados a las resoluciones de oficios - de solicitudes por cambio de destinos y de rechazos de solicitudes de exenciones de impuesto territorial amparados bajo la ley de culto, bajo argumentos infundados que se condicen a la ley de culto y muy en especial a la circular 45 emitida por el SII, por lo demás, respuestas del personal del sii (En el mesón de atención y aún de las jefaturas) que carecen de fundamentos legales entregadas en las oficinas del SII frente a esta temática, fundamentando un desconocimiento en la materia (Iglesias). Nuestro deseo, es poder llegar a un buen puerto, evitando la concurrencia permanente ante el tribunal tributario, esto debido a la cantidad de propiedades que cuenta nuestra institución y las que permanentemente estamos incorporando - TODAS CON EL DESTINO AL CULTO y por ende es y será siempre el mismo tenor que nos convocará a esta instancia. |
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| 2024-06-17 00:00:00-04 | AE006AW1605986 | Sujeto Pasivo | Constanza Parraguez | Frente a la consulta de la posibilidad de impugnar el avalúo de la propiedad rol 7761-15 de la comuna de Pudahuel, se le comunica al gestor de intereses que existe la posibilidad de presentar una solicitud administrativa fundada que dé cuenta de los posibles errores que contenga la tasación fiscal de la propiedad. | Ver Detalle | |
| 2024-06-06 11:00:00-04 | AE006AW1596465 | Sujeto Pasivo | León Wielandt | Frente a la consulta de la posibilidad de acoger solicitudes administrativas de roles que se encuentran reclamados en sede judicial, se responde según lo dispuesto en la Circular SII N°2 del año 2017 que ”..Habiéndose deducido Reclamo Jurisdiccional Especial por parte del contribuyente ante el Tribunal Tributario y Aduanero (TTA), y se deduce una Solicitud Administrativa (F2118) o Recurso de Reposición (F2911 o F2911.1), ambos por las mismas causales del reclamo, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley N° 19.880, la autoridad debe inhibirse de conocer la presentación del contribuyente y disponer el archivo de los antecedentes…” | Ver Detalle | |
| 2024-04-03 09:00:00-03 | AE006AW1544888 | Sujeto Pasivo | Pedro Delpiano | Revisión de situación rol 2908-723, ubicado en Lomas de lo Aguirre, comuna de Pudahuel. En el marco de la Reposición Administrativa N°4198587 relativa a la solicitud de otorgar exención a una superficie de Área Verde circunscrita del rol 2908-723, los antecedentes solicitados -que contemplan un CIP con detalle de superficie lo instruye la Circular N°15 del año 2017- son necesarios para resolver y contemplando lo expuesto se harían las consultas al Departamento Jurídico sobre la incidencia de las modificaciones de la LGUC sobre la Circular que norma la aplicación de la exención al impuesto territorial según lo dispuesto por el artículo 99 de la LGUC. |
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| Sujeto Pasivo | Alfonso DOMEYKO | |||||