Identificador |
AE006AW2218216 |
Fecha |
2026-06-19 13:30:00-04 |
Forma |
Videoconferencia |
Lugar |
Teams |
Duración |
0 horas, 30 minutos |
| Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
|---|---|---|---|
| Jaqueline Chong | Gestor de intereses | MARCOS BERNAL GIACCONE | |
| Patricio Araya | Gestor de intereses | FELIX BERNAL GIACCONE |
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. |
Escalamos formalmente ante esta Subdirección Nacional tras agotarse de manera arbitraria los conductos institucionales previos para el predio de Calle Premio Nobel XXXX, Huechuraba, Rol N 0XXXXXXXX2. El portal web denegó la revisión derivando el descalce a tribunales, y posteriormente la Jefa de Avaluaciones rechazó la audiencia de Lobby Folio AE0XXXXXXX, constituyendo una abierta denegación de justicia administrativa. Esta parte ostenta la representación legal y patrocinio mediante PODER NOTARIAL de fecha XX de XXXXX de XXXXX, otorgado ante el Notario Público de Santiago don XXXXXX XXXXXX XXXXXX Folio XXXXXXXXXX, Código de Verificación XXXXXXXXXXXX.El objeto es impugnar un error de matriz catastral aérea automatizada mediante ortofotos drones, que aplicó un cobro de contribuciones inédito e ilegal sobre una supuesta superficie construida de XXXX m XXXXX de avalúo estructural. Al contrastar los Certificados de Avalúo Fiscal de Periodos Anteriores emitidos por este Servicio, consta técnicamente que al Segundo Semestre de 20XXX, Primer Semestre de 20XXXX y Primer Semestre de 2XXXXXX, la propiedad fue gravada de forma histórica e ininterrumpida ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE bajo la categoría de Terreno Propio Baldío, con un saldo de construcciones de XXXXXXX pesos. El reavalúo vigente de XXXXXXXXXXXX computó de forma ciega cobertizos ligeros abiertos y radios de sombra de antenas que no califican como edificación comercial consolidada según la XXXXXXXX. Asimismo, la XXXXX de XXXXXXXXXXXX mantiene el lote congelado debido a discrepancias viales en curso XXXXXXXXX, configurándose una contradicción orgánica al cobrarse impuesto territorial sobre un metraje que civil y urbanísticamente carece de Recepción Final. Exigimos la rectificación de oficio bajo la Ley N XXXXX, advirtiendo que de persistir el bloqueo institucional, sin tono de amenaza ventilaremos el caso en los medios de comunicación.<br /> <br /> Se le indicó al contribuyente como seguir con su caso |