Identificador |
AE006AW2015271 |
Fecha |
2025-12-02 12:30:00-03 |
Forma |
Presencial |
Lugar |
VGVhdGlub3MgMTIwLCBQaXNvIDY= |
Duración |
1 horas, 0 minutos |
| Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
|---|---|---|---|
| Yuri Varela | Gestor de intereses | Sociedad Real y Compañía Limitada | |
| Sebastián Andrés Ibáñez Peréz | Gestor de intereses | Sociedad Real y Compania Limitada | |
| PAULA PEÑAFIEL | Gestor de intereses | Sociedad Real y compania Limitada | |
| Juan Pablo Marambio | Gestor de intereses | Sociedad Real y Compania Limitada |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Solicitamos respetuosamente una audiencia con el objeto de poner en antecedente a la máxima autoridad del SII de los errores técnicos cometidos en Punta Arenas durante la fiscalización de esta empresa, específicamente, en relación al control del IVA importación y del IVA venta que se atribuye como incumplido durante varios años. En efecto, de la sola revisión de las Liquidaciones de Impuestos de los años 2017, 2021, 2022 y 2024, entre otras, es posible advertir que a partir del reproche que hace el SII por un supuesto incumplimiento en la declaración y pago del IVA importación (Formulario 15, junto con la DIN) y que tiene normas específicas dentro de la Ley del IVA, entre otras cosas que: 1) se debe aplicar "sobre" la base imponible que es equivalente al precio de adquisición por parte del importador; 2) que no existe "traslación" del IVA; 3) que el devengo tiene norma especial en el Art. 9, letra b) de la Ley del IVA cuando las mercancías se encuentran en alguna destinación aduanera, etc. Entonces el problema radica en que el SII aplicó este IVA importación directamente sobre los precios de "venta" de los vehículos en Coyhaique (no desglosando el IVA dentro de dicho precio como se hace en cualquier fiscalización en Chile), alegando al mismo tiempo que se incumplió el pago del IVA en dichas ventas. Lo anterior, ha generado una grave escalada de actuaciones de fiscalización improcedentes e indebidas contra la Empresa. Por lo anterior, se solicita la presente audiencia en consideración a que la propia Dirección Regional de Punta Arenas, al momento en que se entregaron estos antecedentes para su revisión, la máxima autoridad como es la Directora Regional, Ivanessa San Martín, señaló que se debía presentar el caso en la Dirección Nacional.<br /> <br /> Sujeto Pasivo Informa: Se recibe en conjunto con la Dirección Regional de Punta Arenas, a los asesores del contribuyente quienes exponen en cuanto a los procesos de fiscalización y otros en curso. Se informa que todos los procesos se encuentran en diferentes etapas donde deberán resolverse los asuntos expuestos. |