Identificador |
AE006AW1807074 |
Fecha |
2025-05-06 11:00:00-04 |
Forma |
Videoconferencia |
Lugar |
Plataforma Teams La respuesta fue enviada fuera de plazo debido a la intermitencia de la plataforma |
Duración |
0 horas, 30 minutos |
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Daniela Rubio Ponce | Gestor de intereses | PRICEWATERHOUSECOOPERS CONSULTORES AUDITORES | Guerbet Chile Limitada |
Felipe Zangheri | Gestor de intereses | PRICEWATERHOUSECOOPERS CONSULTORES AUDITORES | Guerbet Chile Limitada |
Carlos Facuse | Gestor de intereses | Guerbet Chile Limitada | |
Erika Araya | Gestor de intereses | Guerbet Chile Limitada |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
La materia está relacionada a los servicios prestados desde el exterior que quedan afectos a IVA, según las modificaciones establecidas por la Ley N°21.420. En la cual, a partir del 01.01.2023, todos los servicios estarán gravados con IVA salvo que aplique alguna exención. Dicho esto, la sociedad realiza pagos al exterior a países con los cuales se aplican los convenios para evitar la doble tributación, y aplica la cláusula de beneficio empresarial (Tasa 0%) a las remuneraciones por servicios que se presten desde el exterior a Chile, en estos casos dichas remuneraciones no están afectas a impuesto adicional, y se aplica IVA. <br /> <br /> Dicho lo anterior, XXX XXX para estos casos debe emitir una factura de compra por la operación para poder declarar y enterar el impuesto en arcas fiscales. Con respecto a esto, la sociedad no tenía implementada la factura de compra cuando se produjo esta modificación y recién la implementaron. Por tanto, se debe confirmar el criterio para declarar y pagar los IVA pendientes desde junio 2023 a la fecha por estos conceptos.<br /> El sujeto pasivo informa lo siguiente: se consulta sobre la forma en que debe regularizarse la situación de un contribuyente que no ha declarado el IVA a los servicios digitales a partir de la modificación de la ley 21.420 al concepto de servicios. |