Identificador |
AD022AW2144444 |
Fecha |
2026-05-29 10:30:00-04 |
Forma |
Videoconferencia |
Lugar |
Id. de reunión: 285 114 095 137 17 Código de acceso: pT2Hm9Za |
Duración |
0 horas, 30 minutos |
| Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
|---|---|---|---|
| Juan TORO | Gestor de intereses | Asesorías en Acuicultura ltda | Acuasesorias Ltda |
| Augusto Guidi Cabrera | Gestor de intereses | Acuasesorias Ltda |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Siendo las 10.40 hrs se inició la audiencia de lobby folio número 2144444, requerida a nombre de la empresa El Pangue S.A., desarrollada por vía remota, a través de la Plataforma Teams. Por parte de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, asistió el jefe del departamento jurídico, administrativo y transparencia Miguel Cáceres y el abogado Renato Valenzuela.<br /> <br /> Por parte de la empresa, asistieron los señores Juan Francisco Toro y Augusto Guidi Cabrera, quienes solicitaron la audiencia para revisar la Resolución Ministerial Exenta número 9868, de 24 de diciembre de 2025, que resolvió el recurso deducido en contra del Decreto Supremo número 153 de 2022, que otorgó una concesión marítima menor a su representada. Posteriormente, los comparecientes realizaron una breve exposición acerca de la tramitación de su petición, la que culminó con la dictación del acto impugnado. Luego, hicieron énfasis en que la concesión otorgada provoca un perjuicio a su representada, sobre todo, en lo que dice relación con la tasación de mejoras fiscales, lo que a su vez condicionó el pago de rentas y tarifas. Por último, indicaron que su parecer es presentar un recurso de revisión fundado en la letra b del artículo 60 de la ley 19.880, para lo cual efectuaron una presentación de los antecedentes que acompañarán para fundamentar su recurso.<br /> <br /> Por su parte, el jefe del departamento jurídico comentó que, en su oportunidad, el caso fue analizado con detenimiento. En lo que respecta al recurso de revisión, hizo presente que si la intención es presentarlo, se deben ponderar nuevos antecedentes no tenidos a la vista al momento de dictar el acto firme que se impugna. Asimismo, solicitó mayores detalles respecto de los antecedentes fundantes del recurso.<br /> <br /> Siendo las 10.56 hrs, sin otros temas que discutir, se le puso término a la audiencia. |